Se abstiene de emitir un pronunciamiento sobre el asunto planteado, por encontrarse éste en conocimiento de los Tribunales de Justicia
- Fecha
- 14 de noviembre de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/6 inc/3
- Descriptores
- CONTR, abstención de pronunciamiento, Tribunales de Justicia, conocimiento
- Cita
- Dictamen N° 89.019 de 2014
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 48.632 de 2015
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 82.098 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 89.019 Fecha : 14-XI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, funcionario del Servicio de Salud Metropolitano Norte, reclamando que dicha entidad habría adoptado ciertas medidas administrativas en su contra que revestirían caracteres de acoso laboral, entre ellas, la separación de sus funciones como nombre reservado.
En su informe, la aludida institución indicó que el peticionario dedujo una demanda sobre tutela laboral ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, RIT N° T-609-2014, impugnando las referidas decisiones.
Sobre el particular, es del caso señalar que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el solicitante interpuso la citada acción judicial, litigio que se encuentra actualmente en tramitación.
De lo expuesto se desprende que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido pues, en armonía con lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos que estén sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, como acontece en la especie, tal cual se precisó, entre otros, en el dictamen N o 82.098, de 2014, de esta procedencia.
Transcríbase al Servicio de Salud Metropolitano Norte.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante