Representa la resolución Nº 478, de 2016, de la Dirección de Vialidad
- Fecha
- 6 de diciembre de 2016
- Materia
- Obras públicas y concesiones
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Contratos administrativos, obras públicas, estudio de ingeniería
- Cita
- Dictamen N° 88.069 de 2016
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 13.667 de 2017
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 88.069 Fecha: 06-XII-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba convenio ad referéndum modificatorio del contrato “Estudio de ingeniería mejoramiento ruta S -941 y S/ROL, CR. ruta 199 - CH, (Palguín) - límite regional sur, región de La Araucanía y mejoramiento ruta S/ROL, CR. ruta T - 243 (Coñaripe) límite regional norte, región de Los Ríos ”, por cuanto no se advierten las razones que justifiquen la incorporación de las partidas A.2.6.3 y B.2.6.3, con ocasión de las exigencias del Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones o Ampliaciones N° 160620, del estudio de impacto ambiental, si se tiene presente que la resolución N° 613, de 2014, de ese servicio, contempló la adición de la partida adecuación del estudio de impacto ambiental al interior del SEIA.
No obstante lo indicado, la copia de dicho informe, no se refiere a la denominación del presente estudio.
Asimismo, no resulta procedente la imputación formulada en el resuelvo N° 4 de la resolución en examen, toda vez que no dice relación con la naturaleza de la modificación que se viene sancionando.
Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación