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Derecho público chileno

DictamenN° 8.771 de 20163 feb 2016

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Fecha
3 de febrero de 2016
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
Ley 10336 art/62
Descriptores
Facultades CGR, Exoneraciones de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 8.771 de 2016

Texto íntegro

N° 8.771 Fecha: 03-II-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños causados en la motocicleta fiscal M-5634, conducida por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe anotar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 8 de diciembre de 2014, ese servidor se desplazaba en el referido móvil por calle Arturo Prat, y próximo a la intersección con calle Jovino Novoa, en la comuna de Lampa, colisionó con una camioneta municipal, cuyo chofer, al efectuar de forma sorpresiva un viraje en “U”, le obstruyó la normal circulación al vehículo policial, lo que la Prefectura de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 331, de esa misma anualidad, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local Colina-Chacabuco.

Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el presupuesto N° 103, de 2015, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascenderían a la suma de $2.750.000, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 61, del mismo año, dar de baja esa especie.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños causados en la motocicleta fiscal M-5634; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle en el hecho descrito.

Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General Osvaldo Vargas Zincke Subcontralor General de la República Subrogante