Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 87.251 de 20153 nov 2015

Se abstiene de emitir pronunciamiento por tratarse de una materia sometida al conocimiento de los tribunales de justicia

Fecha
3 de noviembre de 2015
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Fuentes legales
ley 10336 art/6 inc/3
Descriptores
Contraloría General de la República, facultades CGR, abstenciones
Cita
Dictamen N° 87.251 de 2015

Texto íntegro

N° 87.251 Fecha:03-XI-2015 La Contraloría Regional del Bío-Bío ha remitido a esta Sede Central una presentación efectuada por el señor nombre reservado y otros, en representación, según exponen, de la Junta de Vecinos N° 12, “Nueva Candelaria”, de la comuna San Pedro de La Paz, a través de la cual reclaman en contra de la Dirección de Obras Municipales pues, a su juicio, esta habría otorgado el permiso de instalación de la torre soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones que indica, en contravención a la normativa aplicable.

Requerido su parecer, señala sobre el particular la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, que el asunto de que se trata está sometido al conocimiento de los Tribunales de Justicia.

Al respecto, y teniendo en cuenta, asimismo, el informe que a solicitud de la singularizada Sede Regional formuló el individualizado municipio, cabe apuntar que de los antecedentes tenidos a la vista se aprecia que con motivo del otorgamiento del referido permiso, los recurrentes dedujeron en contra de la aludida corporación edilicia una acción de protección ante la Corte de Apelaciones de Concepción -rol de ingreso N° 5.558-2015, actualmente en tramitación-, cuyos fundamentos son idénticos a los planteados ante este Organismo Contralor.

En mérito de lo anterior, y considerando lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, que le impide intervenir e informar en asuntos que estén sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, como acontece en la especie, esta Entidad Fiscalizadora debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido.

Transcríbase a la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, a la Municipalidad de San Pedro de La Paz y a la Contraloría Regional del Bío-Bío.

Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Jefe División de Infraestructura y Regulación