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Derecho público chileno

DictamenN° 86.971 de 201410 nov 2014

Cumplimiento de medidas disciplinarias a funcionarios y ex funcionarios del SENCE Atacama

Fecha
10 de noviembre de 2014
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Fuentes legales
Res 1600/2008 contr art/7 num/7/2/3, ley 18834 art/121 lt/a ley 18834 art/157 lt/b, ley 18834 art/147 inc/fin
Descriptores
Sence, medida disciplinaria, cumplimiento
Cita
Dictamen N° 86.971 de 2014

Resumen

Las multas y censuras se aplicaron y constan en los registros; respecto de los ex funcionarios sin continuidad funcionaria se extinguió la responsabilidad administrativa, con anotación en sus hojas de vida.

Sumario de la Contraloría

Sobre aplicación de medidas disciplinarias a funcionarios y ex personal del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, Región de Atacama

Texto íntegro

N° 86.971 Fecha: 10-XI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Presidenta del Senado, señora Isabel Allende Bussi, a petición del senador señor Baldo Prokurica Prokurica, solicitando información respecto al cumplimiento de las medidas disciplinarias para los funcionarios y ex funcionarios del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, SENCE, nombre reservado, nombre reservado, nombre reservado, nombre reservado, nombre reservado, nombre reservado y nombre reservado como consecuencia del sumario administrativo incoado mediante resolución exenta N° 185, de 2009, de la Contraloría Regional de Atacama. Al respecto, cabe informar que los citados funcionarios fueron puestos en conocimiento de las medidas disciplinarias respectivas a través de la resolución exenta N° 3.038, de 2013, del SENCE, y remitida a este Organismo de Control por medio de la resolución N° 320, de 2013, para su respectivo control de legalidad, de acuerdo con lo previsto en el inciso primero del numeral 7.2.3. del artículo 7° de la resolución N° 1.600, de 2008, de este origen. En cuanto a la efectividad de la aplicación de las medidas disciplinarias, es preciso señalar que las multas de un 20% correspondientes a los señores nombre reservado y nombre reservado; y de un 15% a don nombre reservado, se aplicaron en el mes de septiembre del año 2013 conforme se advierte en la liquidación de sus remuneraciones.

Ahora bien, en cuanto a los señores nombre reservado y nombre reservado, es dable informar que la medida disciplinaria de "Censura" establecida en el literal a), del artículo 121 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, consta en los registros del Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado, SIAPER, de la Contraloría General de la República.

En relación a los señores nombre reservado y nombre reservado, corresponde informar que ambos son ex funcionarios del SENCE, cuyas fechas de cese datan del 21 de octubre de 2009 y 1 de febrero de 2010, respectivamente, sin que hubiere -en ambos casos- continuidad funcionaria en la Administración del Estado; extinguiéndose por tanto la responsabilidad administrativa, en conformidad con la letra b), del artículo 157 de la citada ley N° 18.834; sin perjuicio de la anotación en sus hojas de vida funcionaria de acuerdo a lo previsto en el inciso final del artículo 147 de la ley ya mencionada, lo cual aconteció en la especie.

Transcríbase al senador señor Baldo Prokurica Prokurica y a la Contraloría Regional de Atacama.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante