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Derecho público chileno

DictamenN° 86.734 de 20152 nov 2015

Exoneración de responsabilidad civil por daños a vehículo fiscal de Carabineros de Chile

Fecha
2 de noviembre de 2015
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Contraloría General de la República, facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 86.734 de 2015

Resumen

La Contraloría exime de responsabilidad civil al conductor del furgón fiscal, al constatar que los daños se produjeron por la agresión de terceros y no por su culpa o negligencia.

Sumario de la Contraloría

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Texto íntegro

N° 86.734 Fecha: 02-XI-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-5751, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

En este sentido, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 22 de junio de 2013, ese servidor, acompañado de otros empleados, se desplazaba en el referido móvil por calle Uno Poniente, en la comuna de Estación Central, y al llegar a la altura del N° 1004 de esa vía, procedió a fiscalizar al chofer de una motocicleta que había evadido un control policial, instante en el cual un grupo de vecinos y familiares de este último comenzó a lanzar piedras y palos en contra del personal policial y del citado furgón, resultando este con su parabrisas quebrado y abolladuras en la carrocería.

Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 282, de 2015, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $166.898, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes Nos 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños causados en el furgón fiscal Z-5751.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante