Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 86.733 de 20152 nov 2015

Exoneración de responsabilidad civil por daños en furgón fiscal de Carabineros

Fecha
2 de noviembre de 2015
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Contraloría General de la República, facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 86.733 de 2015

Resumen

Se exonera de responsabilidad civil al funcionario, al constatar que los daños no se debieron a su culpa o negligencia, por cuanto un tercero causó la colisión con maniobra indebida de adelantamiento.

Sumario de la Contraloría

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Texto íntegro

N° 86.733 Fecha: 02-XI-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-5799, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 6 de agosto de 2014, ese servidor se desplazaba en el referido móvil por la Ruta G-30, y al llegar a la intersección con la Ruta G-364, en la comuna de Calera de Tango, fue colisionado por un automóvil particular que circulaba por la primera vía mencionada, cuyo conductor efectuó una maniobra indebida de adelantamiento en los instantes en que el furgón policial realizaba un viraje a la izquierda, lo que el Departamento SIAT, en su oficio N° 198, de 2014, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la citada comuna.

Los perjuicios generados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 159, de 2015, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $598.308, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños causados en el furgón fiscal Z-5799; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante