Cursa con alcance la resolución N° 411, de 2015, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud
- Fecha
- 28 de octubre de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 20393 art/primero art/8, ley 20393 art/primero art/10
- Descriptores
- contratos administrativos, contratos, contratos de suministro
- Cita
- Dictamen N° 85.392 de 2015
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 32.190 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 85.392 Fecha:28-X-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución del epígrafe, que adjudica la propuesta pública que se individualiza, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, para la suscripción del contrato respectivo se deberá solicitar al adjudicatario que presente la declaración jurada relacionada con las condenas por delitos concursales establecidos en el Código Penal y aquella en que conste que no ha sido condenado en virtud de los artículos 8° y 10 de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.393. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución mencionada. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante