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Derecho público chileno

DictamenN° 85.155 de 201527 oct 2015

Cursa resolución Nº 106, de 2015, de la Policía de Investigaciones de Chile. Funcionario de esa entidad, posee plazo fatal de diez días para solicitar la revisión de su…

Fecha
27 de octubre de 2015
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Fuentes legales
dto 1/82 Defen art/53
Descriptores
Personal, responsabilidad administrativa, medidas disciplinarias
Cita
Dictamen N° 85.155 de 2015

Sumario

Cursa resolución Nº 106, de 2015, de la Policía de Investigaciones de Chile. Funcionario de esa entidad, posee plazo fatal de diez días para solicitar la revisión de su baja por mala conducta

Texto íntegro

N° 85.155 Fecha: 27-X-2015 La Policía de Investigaciones de Chile ha remitido, para su toma de razón, la resolución N° 106, de 2015, que entre otros funcionarios, sanciona al señor nombre reservado, con la medida de baja por mala conducta, quien, por su parte, y de conformidad con lo prescrito en el artículo 53 del decreto N° 1, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Sumarios Administrativos e Investigaciones Sumarias, reclama en contra de dicho castigo.

En su informe, esa entidad expresó que el indicado recurso no se presentó oportunamente.

Al respecto, cabe manifestar, acorde con lo señalado en el citado precepto, que tratándose de la resolución del Director General de esa institución policial, en virtud de la cual se aplica la aludida sanción, se podrá reclamar para ante este Organismo Fiscalizador, recurso que debe interponerse ante la mencionada autoridad, dentro del plazo de diez días contado desde la notificación del correspondiente acto administrativo, exigencia, esta última, que no se cumple en la especie.

En efecto, en los antecedentes tenidos a la vista, consta que al señor nombre reservado, con fecha 13 de marzo de 2015, se le comunicó el instrumento -resolución exenta N° 55, de esa anualidad-, mediante el cual aquella superioridad le impuso la baja por mala conducta, impugnándola para ante esta Contraloría General el día 22 de julio de 2015, esto es, vencido el anotado lapso, de modo que su reclamo es extemporáneo.

Por consiguiente, y dado que el referido acto administrativo se ajusta a derecho, se procede a su toma de razón.

Transcríbase al señor nombre reservado.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante