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Derecho público chileno

DictamenN° 8.483 de 20144 feb 2014

Liquidación final de obra pública sin respaldo de ensayos ni garantías vigentes

Fecha
4 de febrero de 2014
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Descriptores
liquidación contrato, extracción nuevos testigos, vigencia garantía, certificado laboratorio
Cita
Dictamen N° 8.483 de 2014

Resumen

Se abstiene de cursar la resolución que aprueba la liquidación final porque no consta el procedimiento de extracción de nuevos testigos ni los certificados de laboratorio, y las garantías de fiel cumplimiento no están vigentes.

Sumario de la Contraloría

Representa la resolución N° 12, de 2014, de la Dirección de Vialidad

Texto íntegro

N° 8.483 Fecha: 04-II-2014 La Contraloría General ha debido abstenerse nuevamente de dar curso a la resolución N° 12, de 2014, de la Dirección de Vialidad, que aprueba la liquidación final del contrato “Mejoramiento Ruta T-720, Sector Las Ventanas –Los Tractores, Tramos Dm. 0.00 - Dm. 10.054,293 y Dm. 0.00 - Dm. 0.314,622 (Variante)”; Comuna de la Unión, Provincia de Valdivia, Región de Los Ríos, por cuanto no consta que, para el caso de la evaluación practicada al ítem 501-14, Hormigón Grado H-30 SM, se haya dado cumplimiento al procedimiento de extracción de nuevos testigos por parte del Laboratorio de Vialidad, al haberse obtenido resistencias f i -de las muestras individuales- menores al valor límite f o , o en su defecto, se hayan utilizado otras metodologías de evaluación, previo informe de un especialista, en conformidad a lo señalado en el numeral RUT reservado(3) del Manual de Carreteras, Volumen 5, exigible de acuerdo a las especificaciones técnicas del contrato.

Además, tampoco se adjuntan los certificados de laboratorio correspondientes a los ítem 501-6 Hormigón Grado H-30 y 501-14 Hormigón H-30 SM, ni las evaluaciones y documentación de respaldo relativa a los ítem 408-1, 417-1, 501-4, 506-14A, 607-1, 607-3, RUT reservado y 614-1.

Por último, de los antecedentes examinados se advierte que las garantías que caucionaron el fiel cumplimiento del contrato no se encuentran vigentes.

Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación