Se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado por las razones que indica
- Fecha
- 23 de noviembre de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- pol art/98, ley 19880 art/3
- Descriptores
- facultades CGR, abstenciones, situaciones hipotéticas
- Cita
- Dictamen N° 84.725 de 2016
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 24.143 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 84.725 Fecha: 23-XI-2016 Se han dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado y los señores nombre reservado; nombre reservado; nombre reservado y nombre reservado, en su calidad de presidenta y directores de la Asociación Nacional de Funcionarios de la Subsecretaría de Transportes, ANFUTRANS, para solicitar un pronunciamiento acerca de la legalidad de la propuesta de esa secretaría de Estado sobre “Sistema de turnos para los funcionarios a contra del Programa Nacional de Fiscalización”, que acompañan. Sobre el particular, es menester indicar que atendido el control amplio de legalidad que le encomienda el artículo 98 de la Constitución Política de la República, esta Entidad Fiscalizadora puede pronunciarse acerca de la sujeción al principio de juridicidad respecto de las decisiones administrativas de las entidades sometidas a su fiscalización, entre las que se encuentra la mencionada subsecretaría. En este sentido, según lo previsto en el artículo 3° de la ley N° 19.880, las decisiones escritas que adopte la Administración se expresarán por medio de actos administrativos, los cuales son decisiones formales que emiten los órganos de esta y que contienen declaraciones de voluntad, realizadas en el ejercicio de una potestad pública, los que toman la forma de decretos supremos o resoluciones.
Sin embargo, en la especie se impugna una propuesta de sistema de turnos y no una decisión formal de la autoridad que se haya materializado a través de un acto administrativo.
Atendido lo expuesto, este Ente Contralor ha debido abstenerse, en esta oportunidad, de emitir el pronunciamiento requerido, por cuanto no resulta procedente informar sobre los derechos o intereses que hipotéticamente puedan verse afectados por una eventual determinación de la autoridad, lo que se encuentra en armonía con lo indicado en el oficio circular N° 24.143, de 2015, que imparte instrucciones para la atención de solicitudes de pronunciamiento jurídico.
Transcríbase a la Subsecretaría de Transportes.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República