Se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado, por tratarse de un asunto sometido al conocimiento de los Tribunales de Justicia
- Fecha
- 21 de octubre de 2015
- Fuentes legales
- Pol art/76, ley 10336 art/6 inc/3
- Descriptores
- Contraloría General de la Republica, facultades CGR, abstenciones
- Cita
- Dictamen N° 83.671 de 2015
Texto íntegro
N° 83.671 Fecha: 21-X-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora nombre reservado, funcionaria de la Municipalidad de Lo Espejo, para reclamar en contra de esta última, por cuanto, a la fecha de su presentación, no habría enterado las cotizaciones previsionales correspondientes a las remuneraciones de los meses de junio, julio, agosto y septiembre de 2014, durante los que permaneció separada de su cargo.
Sobre el particular, es dable advertir que de acuerdo a lo señalado por el dictamen N° 71.241, de 2014, de este origen, y a lo resuelto por la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, en la causa Rit N° O-693-2014, caratulada “Ilustre Municipalidad de Lo Espejo con nombre reservado”, esa entidad edilicia debía reincorporar a la interesada a sus funciones y pagarle las remuneraciones correspondientes a las anotadas mensualidades.
Enseguida, es útil hacer presente que el referido tribunal no se pronunció sobre el pago de las imposiciones de que se trata, no obstante haber sido solicitado por la individualizada servidora en la demanda reconvencional que interpuso en el juicio en cuestión.
Al respecto, el artículo 76 de la Constitución Política, dispone que la facultad de conocer de las causas civiles y criminales, resolverlas y hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley, precepto que debe interpretarse armónicamente con el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, conforme al cual este Órgano Fiscalizador no intervendrá ni informará los asuntos que, por su naturaleza, sean propiamente de carácter litigioso o estén sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia.
Por consiguiente, y en atención a que la petición de la señora nombre reservado dice relación con una consecuencia de lo resuelto por la respectiva sede jurisdiccional, corresponde que dicha autoridad conozca de su alegación, debiendo este Organismo de Control abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado.
Transcríbase a la Municipalidad de Lo Espejo.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante