Aprobación de consultas y respuestas en licitación que modifican las bases
- Fecha
- 19 de febrero de 2009
- Descriptores
- aprobación consultas respuestas aclaraciones licitación
- Cita
- Dictamen N° 8.345 de 2009
Resumen
Las aclaraciones deben sancionarse por resolución afecta a toma de razón cuando implican modificación de las bases; el Servicio no acompañó dicha resolución, por lo que debe dictarla y remitirla a control previo de juridicidad.
Sumario de la Contraloría
Las consultas y respuestas, así como las aclaraciones, rectificaciones y adiciones, deben ser aprobadas por resolución afecta a toma de razón cuando involucren modificación de las bases
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 11.206 de 2013
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 8.345 Fecha: 19-II-2009 El Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, mediante su oficio N° 204, de 2009, expresa que envía para su toma de razón, las aclaraciones a las consultas efectuadas en el marco de la segunda licitación de Diseño del Centro de Referencia de Salud (CRS) de Puente Alto, cuyas bases fueron aprobadas por resolución N° 579, de 2008, de esa repartición, adjuntando al efecto un texto que las contiene.
Al respecto cumple señalar que las consultas y respuestas, así como las aclaraciones, rectificaciones y adiciones, deben ser sancionadas por resolución afecta a toma de razón cuando impliquen modificación de las bases, resolución que en la especie no se acompaña.
Por consiguiente, corresponde que ese Servicio dicte la resolución respectiva y que la remita a control previo de juridicidad.