Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 8.296 de 202024 abr 2020

Menciones exigidas en decretos y resoluciones de modificación presupuestaria por COVID-19

Fecha
24 de abril de 2020
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
Facultades CGR, tramitación actos administrativos COVID-19, requisitos, menciones, documentación
Cita
Dictamen N° 8.296 de 2020

Resumen

La Contraloría solicita que en esos actos se indiquen en los vistos las normas legales que los sustentan y si se refieren al oficio circular del Ministerio de Hacienda y/o al COVID-19, y se remita documentación en los reintegros.

Sumario de la Contraloría

Sobre tramitación de decretos y resoluciones de modificación presupuestaria que indica

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 8296 Fecha: 24-IV-2020 La Contraloría General de la República en uso de sus facultades constitucionales y legales en materia del control de la legalidad de los actos de la Administración, la que ejerce, entre otras funciones, a través de la toma de razón, solicita a Ud. que en los decretos y resoluciones de modificación presupuestaria que se remitan a esta Entidad a dicho trámite, y que se hayan emitido en relación con la epidemia por COVID-19 y/o con el oficio circular N° 11 de 2020, del Ministerio de Hacienda, se incluyan las menciones que a continuación se indican.

En este contexto, se requiere a esa cartera de Estado indicar en los vistos de los decretos y resoluciones modificatorios del presupuesto, las. normas legales que sustentan el respectivo acto administrativo, señalando además, en forma expresa, si se refieren al citado oficio circular y/o a ingresos y gastos relacionados con el COVID-19. De igual forma se deberá indicar cuando la fuente de financiamiento del gasto corresponda al 2% constitucional.

Asimismo, respecto de los actos administrativos que dispongan reintegros al Fisco en cumplimiento del señalado oficio circular N° 11, se deberá remitir la documentación que se señala en anexo adjunto.

Finalmente, cabe señalar que cualquier consulta sobre la materia deberá efectuarse a la Jefa de la Unidad Jurídica de la División de Contabilidad y Finanzas Públicas, mediante correo electrónico correo reservado o al teléfono teléfono reservado.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República