Exoneración de responsabilidad civil por daños a vehículo fiscal de Carabineros
- Fecha
- 24 de octubre de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- Carabineros de Chile, exoneración responsabilidad civil, daño vehículo fiscal
- Cita
- Dictamen N° 82.673 de 2014
Resumen
Se exonera de responsabilidad civil al funcionario, pues los daños al furgón fiscal se produjeron por el ataque de terceros con piedras y no por su culpa o negligencia.
Sumario de la Contraloría
Sobre exoneración de responsabilidad civil
Texto íntegro
N° 82.673 Fecha: 24-X-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-4737, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 1 de febrero de 2013, ese servidor, junto con otros empleados, concurrió en el citado vehículo hasta un domicilio particular ubicado en domicilio reservado, en la comuna de San Joaquín, a verificar una denuncia por violencia intrafamiliar; una vez en el lugar, fue atacado por pobladores del sector, los cuales le lanzaron piedras al móvil policial, resultando éste con diversos daños en su carrocería.
Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 191, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $948.460, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.
Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, considerando que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-4737.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República