Exoneración de responsabilidad civil por daños a vehículo fiscal conducido por funcionario de Carabineros
- Fecha
- 16 de octubre de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- Contraloría General de la República, facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 82.464 de 2015
Resumen
Se exonera de responsabilidad civil al funcionario, pues el accidente se produjo por la colisión de un tercero y no por su culpa o negligencia, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional.
Sumario de la Contraloría
Sobre exoneración de responsabilidad civil
Texto íntegro
N° 82.464 Fecha:16-X-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-4412, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 26 de junio de 2014, ese servidor se desplazaba en el citado vehículo por el Camino Vecinal Quilaco, y al ingresar a una curva existente en esa vía, próxima a la intersección con la Ruta P-70, en la comuna de Cañete, fue colisionado por una camioneta particular que circulaba a una velocidad considerada no razonable ni prudente, a raíz de lo cual desvió su trayectoria, sobrepasando el eje imaginario de la calzada, lo que la Sección de Investigación de Accidente en el Tránsito, en su oficio N° 17, de esa anualidad, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local de la mencionada comuna.
Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el presupuesto N° 31, de 2014, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Biobío, ascenderían a la suma de $3.330.000, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 20, de 2015, dar de baja esa especie.
Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-4412; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante