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Derecho público chileno

DictamenN° 82.246 de 201515 oct 2015

Reclamo por no cancelar oportunamente prohibición de ingreso al país en sistemas de la PDI

Fecha
15 de octubre de 2015
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Descriptores
Estatuto de la Policía de Investigaciones de Chile, reclamación
Cita
Dictamen N° 82.246 de 2015

Resumen

Se desestima por ahora la presentación, pues no existe actualmente el impedimento denunciado y los antecedentes aportados por el recurrente resultan insuficientes para acreditar los hechos constitutivos de la falta reclamada.

Sumario de la Contraloría

Antecedentes aportados por el interesado resultan insuficientes para establecer la ocurrencia de la falta que reclama respecto de la Policía de Investigaciones de Chile

Texto íntegro

N° 82.246 Fecha:15-X-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, reclamando contra la Policía de Investigaciones de Chile, por cuanto esa repartición no habría cancelado oportunamente, en los sistemas informáticos de ese organismo, una prohibición de ingreso al país que regía respecto de su persona, lo que le habría impedido regresar a Chile después de haber permanecido exiliado en el extranjero. Requerido de informe, dicha policía desvirtúa la acusación formulada, precisando que “el Departamento de Asesoría Técnica, Sección Informática Policial, comunicó que el Decreto Supremo Exento N° 1436, de 1981”, del entonces Ministerio del Interior, de fecha 16 de septiembre de 1981, sobre expulsión del peticionario, “fue cancelado mediante el Decreto Supremo N° 812”, de la misma secretaría de Estado, de 8 de julio de 1983, “el mismo día en que se remitió ese decreto a esta Institución”. Por su parte, la Subsecretaría del Interior también informó sobre el particular. Al respecto, cabe señalar que de la documentación analizada se advierte que actualmente no existe el impedimento denunciado, y que de los antecedentes aportados por el interesado no ha sido posible acreditar la existencia de los hechos constitutivos de la falta reclamada, por lo que se desestima, por ahora, la presentación de que se trata. Transcríbase a la Policía de Investigaciones de Chile y al Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante