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Derecho público chileno

DictamenN° 82.013 de 201610 nov 2016

No procede resolver solicitud de condonación de deuda respecto de licencia médica autorizada por la Superintendencia de Seguridad Social

Fecha
10 de noviembre de 2016
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
Estatutos, Estatuto Administrativo General, licencias médicas
Cita
Dictamen N° 82.013 de 2016

Texto íntegro

N° 82.013 Fecha: 10-XI-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, funcionaria de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, solicitando la reconsideración de la resolución exenta N° 4.010, de 2016, de este origen, ya que, según expone, dicho pronunciamiento no se habría referido a la licencia médica de la que hizo uso entre el 23 de septiembre y el 22 de octubre de 2007, la que fue rechazada por la autoridad de salud. Al respecto, cumple con manifestar que, de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, consta que la Superintendencia de Seguridad Social, mediante oficio N° 85.869, de 2007, autorizó en su totalidad la licencia médica en principio rechazada, por lo que la indicada funcionaria nada adeuda al servicio por ese concepto, resultando improcedente emitir el pronunciamiento requerido. Transcríbase a la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado