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Derecho público chileno

DictamenN° 81.282 de 201128 dic 2011

Aclara que eventual error en oficio N° 32.818 de 2011 de Contraloría, se basó en información proporcionada por resolución exenta N° 39 de 2008 del Ministerio de…

Fecha
28 de diciembre de 2011
Materia
Recursos naturales, aguas, energía y medio ambiente
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
solicitud de reemplazo, pesca
Cita
Dictamen N° 81.282 de 2011

Sumario

Aclara que eventual error en oficio N° 32.818 de 2011 de Contraloría, se basó en información proporcionada por resolución exenta N° 39 de 2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N°81.282 Fecha:28-XII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, haciendo presente que este Organismo habría incurrido en un error en su oficio N° 32.818, de 2011 -mediante el cual se evacuó el informe requerido por la Corte de Apelaciones de Santiago, en relación al recurso de protección Rol N° 8757, de 2010-, pues en él se indica que don nombre reservado, con fecha 14 de agosto de 2003, presentó unilateralmente ante el Servicio Nacional de Pesca la solicitud de reemplazo de la inscripción N° RUT reservado, del Registro Pesquero Artesanal, correspondiente a la embarcación denominada “Marcelo Rodolfo”, en circunstancias que dicha petición se habría formulado en conjunto con don nombre reservado. Sobre el particular, es necesario manifestar que la información en cuestión, fue proporcionada sobre la base de lo expresado en la resolución exenta N° 39, de 17 de junio de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Sin perjuicio de lo anterior, resulta útil precisar y destacar que la circunstancia de que en el citado informe se haya señalado que la solicitud de reemplazo fue presentada unilateralmente por la persona indicada, no tuvo incidencia alguna en la sentencia de 11 de agosto de 2011, mediante la cual la Corte de Apelaciones de Santiago -en la aludida causa Rol N° 8757, de 2010- rechazó el recurso de protección interpuesto por la sucesión de don nombre reservado, en contra del dictamen N° 71.388, de 2010, de esta Entidad Fiscalizadora, toda vez que ese Tribunal estimó que la recurrente carecía del derecho que creyó amagado por dicho oficio, atendido que el causante no era dueño inscrito en el registro pesquero artesanal al momento de su fallecimiento.

nombre reservado

Contralor General de la República