Cursa con alcance las resoluciones Nºs. 247, 248 y 249, de 2012, del Servicio Médico Legal, que aplican medidas disciplinarias a los funcionarios que individualizan
- Fecha
- 31 de diciembre de 2012
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 18834 art/140, res 1600/2008 contr art/7 num/7/2/3
- Descriptores
- medida disciplinaria, situación procesal
- Cita
- Dictamen N° 80.962 de 2012
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 38.302 de 2009
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 80.962 Fecha: 31-XII-2012 Esta Entidad de Control ha dado curso a las resoluciones Nºs. 247, 248 y 249, de 2012, del Servicio Médico Legal, que aplican medidas disciplinarias a los funcionarios que individualizan, pero cumple con hacer presente que, conforme a lo preceptuado por el artículo 140 del Estatuto Administrativo, en relación con el artículo 7°, numeral 7.2.3., de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General, la superioridad de ese servicio deberá pronunciarse, a través de un acto administrativo sometido al trámite de toma de razón, en relación con la situación procesal que afecta al servidor nombre reservado, quien, acogiéndose la proposición efectuada por este Organismo de Control, fue absuelto a través de la resolución exenta N° 9.473, de 2012, del Servicio Médico Legal.
Asimismo, cabe advertir que, de acuerdo con el criterio contenido en el dictamen N° 38.302, de 2009, de este origen, en lo sucesivo los procesos disciplinarios deberán afinarse mediante una única resolución de término, la cual debe contener las sanciones y absoluciones que correspondan, y no como ocurrió en la especie, en que se dictó un acto administrativo por cada inculpado.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de las resoluciones señaladas.
nombre reservado
Contralor General de la República