Cursa con alcances resolución 162/2012, del Comité Innova Chile, que aprueba el convenio de subsidio que indica, haciendo presente que no obstante haberse omitido…
- Fecha
- 27 de diciembre de 2012
- Fuentes legales
- ley 18575 art/8
- Descriptores
- Comité Innova Chile, convenio subsidio, plazo observaciones, revisión
- Cita
- Dictamen N° 80.441 de 2012
Sumario
Cursa con alcances resolución 162/2012, del Comité Innova Chile, que aprueba el convenio de subsidio que indica, haciendo presente que no obstante haberse omitido estipular el plazo en que el Comité se pronunciará sobre las observaciones que formule en relación con los informes que se señalan, ese organismo deberá revisarlas con diligencia y oportunidad
Texto íntegro
N° 80.441 Fecha: 27-XII-2012 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 162, de 2012, del Comité Innova Chile, mediante el cual se aprueba el convenio de subsidio suscrito entre dicho ente y Desert Bioenergy S.A. para la ejecución del proyecto que consigna por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que no obstante haberse omitido estipular el plazo en que el aludido Comité se pronunciará en definitiva sobre las observaciones que formule en relación a los informes regulados en la cláusula décimo novena del señalado acuerdo de voluntades, ese organismo deberá proceder a su revisión con la debida diligencia y oportunidad, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que impone a sus órganos el deber de actuar por iniciativa propia en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de sus trámites.
Asimismo, cabe observar que la publicación del extracto a que se refieren el considerando VIII y la cláusula primera del instrumento en trámite se realizó el 17 de noviembre de 2010 y no en la fecha que ahí se indica.
Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo señalado nombre reservado
Contralor General de la República