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Derecho público chileno

DictamenN° 80.297 de 201226 dic 2012

Evaluador debe integrar Junta Calificadora de Méritos en Carabineros de Chile

Fecha
26 de diciembre de 2012
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dto 5193/59 inter art/92 lt/c
Descriptores
Carab, calificaciones, lista de eliminación, Junta Calificadora de Méritos, evaluador
Cita
Dictamen N° 80.297 de 2012

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 80.297 Fecha: 26-XII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exfuncionario de Carabineros de Chile, asistido por los abogados don nombre reservado y don nombre reservado, para solicitar la reconsideración del dictamen N° 43.674, de 2012, de este origen, en el cual se concluyó que la calificación del interesado, correspondiente al año 2011, en la cual fue incluido en Lista N° 4, de Eliminación, se ajustó a derecho.

Al respecto, en cuanto a que la Junta Calificadora de Méritos no estuvo integrada por su oficial evaluador, es útil mencionar que el artículo 92, letra c), del decreto N° 5.193, de 1959, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Selección y Ascensos, dispone, en lo pertinente, que en las Prefecturas, aquélla estará compuesta por dos jefes y el respectivo calificador.

Pues bien, de la documentación tenida a la vista, en especial, de la copia del acta del acuerdo de esa Junta, de fecha 7 de junio de 2011, acompañada en su oportunidad por el propio peticionario, consta que el calificador del señor nombre reservado, esto es, don nombre reservado, integró dicho cuerpo colegiado, adoptándose, por la unanimidad de sus miembros, la decisión de ubicar al recurrente en la nómina que impugna, de modo que no se advierte la irregularidad planteada.

En consecuencia, considerando que la situación reclamada ya fue estudiada por este Órgano de Control y dado que el señor nombre reservado no acompaña nuevos antecedentes que permitan modificar el mencionado oficio N° 43.674, de 2012, se confirma ese pronunciamiento y se desestima la solicitud de reconsideración formulada.

Finalmente, respecto de su petición de que se le proporcione copia del oficio N° 625, de 2012, de Carabineros de Chile, cumple con informar que dicho documento le fue remitido a través del oficio N° 76.865, de 2012, de este origen.

nombre reservado

Contralor General de la República