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Derecho público chileno

DictamenN° 79.555 de 20157 oct 2015

Atiende solicitud de reconsideración del dictamen N° 41.596, de 2015, sobre denuncia acerca de supuestas irregularidades del contrato de concesión de la obra pública…

Fecha
7 de octubre de 2015
Materia
Obras públicas y concesiones
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
obras públicas, concesiones
Cita
Dictamen N° 79.555 de 2015

Sumario

Atiende solicitud de reconsideración del dictamen N° 41.596, de 2015, sobre denuncia acerca de supuestas irregularidades del contrato de concesión de la obra pública fiscal que indica

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Texto íntegro

N° 79.555 Fecha: 07-X-2015 Mediante el dictamen individualizado en la suma, la Contraloría General atendió las presentaciones efectuadas por el señor nombre reservado, por medio de las cuales se plantearon supuestas irregularidades en la gestión, adjudicación y puesta en marcha del contrato de concesión denominado “Centro Metropolitano de Vehículos Retirados de Circulación”. En dicho oficio se expresa, en lo que interesa, que no se aprecia reproche de juridicidad que formular respecto del reglamento de servicio de la obra, de su aprobación previa y publicación y de la autorización de puesta en servicio provisoria de la obra, dado que no se vislumbra en qué sentido se vulneraría el marco jurídico que los rige, como tampoco el incumplimiento de los hitos exigidos en el pliego de condiciones de que se trata. En esta oportunidad, por el documento de la referencia el requirente antes señalado solicita la reconsideración del pronunciamiento en comento, reiterando, en similares términos, que las bases de licitación de la obra pública fiscal denominada “Centro Metropolitano de Vehículos Retirados de Circulación” y su respectivo contrato de concesión adolecerían de ilegalidad al considerar la posibilidad de prestar servicios complementarios, por parte del concesionario, a los municipios que no suscribieron el convenio mandato para la referida licitación. Sobre el particular, es dable manifestar que las alegaciones formuladas en esta ocasión por el ocurrente tienden a abundar sobre aspectos que ya fueron debidamente ponderados por esta Entidad de Control al emitirse el oficio que se impugna sin que se aporten nuevos antecedentes o elementos de juicio que permitan variar el criterio contenido en ese documento. En mérito de lo expuesto, se rechaza la petición de reconsideración de la especie y se confirma el pronunciamiento N° 41.596, de 2015. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante