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Derecho público chileno

DictamenN° 79.127 de 201413 oct 2014

Exoneración de responsabilidad civil por daños a vehículo fiscal conducido por funcionario de Carabineros

Fecha
13 de octubre de 2014
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
Ley 10336 art/62
Descriptores
Carab, exoneración responsabilidad civil, daño vehículo fiscal
Cita
Dictamen N° 79.127 de 2014

Resumen

No procede exonerar de responsabilidad civil al funcionario, pues no hay elementos probatorios de que adoptara las medidas de seguridad necesarias para una conducción adecuada y responsable.

Sumario de la Contraloría

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 79.127 Fecha: 13-X-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el vehículo fiscal RP-2490, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe anotar que en la documentación adjunta, aparece que el día 18 de enero de 2014, ese servidor, se desplazaba en el citado móvil por Avenida Larraín, y al llegar a la intersección con Avenida Ossa, en la comuna de La Reina, debido a que no conducía a una distancia razonable ni prudente, colisionó al vehículo particular que lo antecedía en su parte posterior, lo que la Subprefectura de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 19, de 2014, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna.

Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 269, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $1.802.280, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, y no existiendo en el procedimiento administrativo instruido al efecto, elementos probatorios que lleven a la plena convicción de que el señor nombre reservado adoptó las medidas de seguridad necesarias para una adecuada y responsable conducción, a objeto de evitar todo riesgo de accidentes, se ha estimado que no es procedente exonerarlo de responsabilidad civil, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal RP-2490.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República