Sobre exoneración de responsabilidad civil
- Fecha
- 27 de octubre de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- Facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 79.054 de 2016
Texto íntegro
N° 79.054 Fecha: 27-X-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo del extravío de las esposas de seguridad, marca Smith & Wesson, que se encontraban bajo el cuidado de su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe expresar que del estudio de la documentación adjunta, aparece que el día 28 de marzo de 2014, el aludido servidor, acompañado de otro empleado, concurrió hasta un domicilio particular ubicado en domicilio reservado, en la comuna de La Pintana, con la finalidad de verificar una denuncia respecto de una persona que era retenida por civiles; una vez en el lugar, y en el instante en que procedían a la aprehensión de ese individuo, se produjo un forcejeo con un grupo de 20 personas que se oponían al procedimiento policial, las cuales, junto con agredirlos y arrebatarles al detenido, sustrajeron las mencionadas esposas, dándose a la fuga.
Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según el oficio N° 358, de 2016, del Departamento Armamento y Municiones, ascendieron a la suma de US$30 dólares de Estados Unidos de América (equivalente a $16.543, a la data de su extravío), resolviendo la misma unidad, a través de su orden N° 153, de 2016, dar de baja la especie.
Ahora bien, es menester expresar que el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, según lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por el extravío de las referidas esposas de seguridad.
Saluda atentamente a Ud.
Por orden del Contralor General Marta Morales del Río Jefe Área Jurídica División de Personal de la Administración del Estado