Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 78.836 de 201626 oct 2016

Observaciones a resolución de JUNJI que adjudica diseño y ejecución de obras de jardín infantil

Fecha
26 de octubre de 2016
Materia
Obras públicas y concesiones
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dto 47/92 Vivie art/1/4/8 inc/2
Descriptores
Contratos administrativos, obras públicas, contratos de obra pública
Cita
Dictamen N° 78.836 de 2016

Resumen

Contraloría se abstiene de dar curso a la resolución porque los planos de arquitectura presentan errores en cuadros y plantas, no respetan el área afecta a utilidad pública y consignan mal los estacionamientos; además debe corregirse el RUT de la empresa adjudicada.

Sumario de la Contraloría

Representa la resolución Nº 1400, de 2016, de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, Dirección Regional Metropolitana

Texto íntegro

N° 78.836 Fecha: 26-X-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que adjudica la contratación del diseño de especialidades y ejecución de obras para la “Construcción de Sala Cuna y Jardín Infantil el Manzano, de la comuna de Recoleta”, por cuanto de acuerdo a los antecedentes examinados, se advierte que existen errores en el cuadro de las láminas A-101 y A-102, debiendo esa repartición ajustar los planos de arquitectura -cuadros y plantas-, acorde lo señalado en el certificado de informaciones previas, respetando el área afecta a utilidad pública y descontándola de la superficie del lote.

Además, deberá corregir el plano de emplazamiento de la aludida lámina A-101, en lo referente al cuadro de estacionamientos, consignando el número de los requeridos según la regla establecida en el inciso segundo del artículo 1.4.8 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Por otra parte, cabe indicar que el RUT de la empresa que se viene adjudicando, esta es Ingelecpro Limitada, corresponde al N° 76.176.185-4, y no al que se indica en el resuelvo N° 2 del acto administrativo en examen.

Asimismo, en lo sucesivo, deberá inutilizar el reverso de las páginas con la firma y timbre del ministro de fe respectivo y foliar debidamente los actos administrativos que sancione, conforme a la jurisprudencia de esta Entidad de Fiscalización.

Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación