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Derecho público chileno

DictamenN° 78.437 de 201218 dic 2012

Exfuncionaria de Carabineros de Chile que cesó por imposibilidad física puede percibir subsidio de cesantía

Fecha
18 de diciembre de 2012
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dfl 150/81 traps art/62
Descriptores
carab, cese por imposibilidad física, subsidio de cesantía
Cita
Dictamen N° 78.437 de 2012

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 78.437 Fecha: 18-XII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, exfuncionaria de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento acerca del derecho que le asistiría para percibir el subsidio de cesantía.

Sobre el particular, cabe manifestar que la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control, contenida en el dictamen N° 15.001, de 2009, informó que quienes son desvinculados de Carabineros de Chile, por imposibilidad física pueden percibir dicha ayuda, en la medida que cumplan con los requisitos que establece el artículo 62 del decreto con fuerza de ley N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, esto es, tener a lo menos, 52 semanas o 12 meses, continuos o discontinuos de servicios o imposiciones, según corresponda, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía, y estar inscrito en el pertinente registro de cesantes.

Por consiguiente, y tal como lo informó esa institución policial, corresponde que la peticionaria, en armonía con lo precisado en el dictamen N° 21.162, de 2010, de este origen, se dirija a la Dirección Nacional de Personal de esa entidad, adjuntando los antecedentes requeridos por la citada normativa, con el objeto de que se le conceda el subsidio de cesantía.

nombre reservado

Contralor General de la República