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Derecho público chileno

DictamenN° 77.979 de 201327 nov 2013

Rectificación de deslindes de predios asignados por la Administración en Peñalolén

Fecha
27 de noviembre de 2013
Materia
Bienes del Estado (bienes fiscales y nacionales)
Fuentes legales
ley 20703
Descriptores
mun, rectificación de deslindes de predios
Cita
Dictamen N° 77.979 de 2013

Resumen

Corresponde que la DOM de Peñalolén examine la problemática conforme a las competencias que le confirió la ley N° 20.703, con apego a sus disposiciones y sin afectar derechos de terceros, previa petición específica del recurrente.

Sumario de la Contraloría

Sobre rectificación de deslindes de predios que señala

Texto íntegro

N° 77.979 Fecha: 27-XI-2013 El señor nombre reservado, en representación, según expresa, de las familias propietarias de los predios que indica, ubicados actualmente en la comuna de Peñalolén, junto con exponer que en el año 1970 esos bienes raíces les fueron asignados por la Administración con las dimensiones que detalla, reclama que en el año 1979 se aprobó el respectivo plano de loteo por la Dirección de Obras Municipales de Ñuñoa, el que graficaría tales terrenos con medidas que diferirían de su cabida real, por lo que, a su juicio, sería del caso que este Ente de Control instruya a la Dirección de Obras Municipales de Peñalolén (DOM) para que proceda a rectificar sus deslindes.

Requerido su informe, la Municipalidad de Peñalolén manifiesta, en lo sustancial, que las viviendas que forman parte del loteo de que se trata, sancionado por la resolución N° 1.153, de 1979, de la primera Dirección de Obras Municipales singularizada, se inscribieron en el Registro de Propiedad del correspondiente Conservador de Bienes Raíces, haciendo referencia sólo al antedicho plano. Añade, también, que esos inmuebles habrían sido objeto de diversas transferencias y que la solicitud del interesado -para atender la cual no tendría facultades- afectaría la situación de otros lotes vecinos.

Sobre el particular, cumple este Organismo de Fiscalización con anotar que, con posterioridad a la presentación que se analiza, se publicó la ley N° 20.703, la que confirió a esas unidades municipales competencias en materia de modificación y rectificación de deslindes en los términos que en ella se consignan.

En consecuencia, procede que la DOM examine la problemática planteada al tenor de las atribuciones que le ha otorgado la aludida ley, con apego estricto a sus disposiciones, particularmente en lo que dice relación con la no afectación de derechos de terceros, en tanto, por cierto, que el recurrente formule una petición específica en tal sentido ante aquélla.

Transcríbase a la Municipalidad de Peñalolén y a la División de Municipalidades de esta Contraloría General.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante