Cursa con alcances la resolución Nº 462, de 2016, del director de Previsión de Carabineros de Chile, que aplica la medida de término de contrato de trabajo a…
- Fecha
- 21 de octubre de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/156, ley 10336 art/157, ley 18834 art/12 lt/e
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, medidas disciplinarias, término de contrato de trabajo
- Cita
- Dictamen N° 77.543 de 2016
Sumario
Cursa con alcances la resolución Nº 462, de 2016, del director de Previsión de Carabineros de Chile, que aplica la medida de término de contrato de trabajo a funcionario que indica
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 8.600 de 2016
- Aplica Dictamen N° 34.290 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 77.543 Fecha: 21-X-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 462, de 2016, del Director de Previsión de Carabineros de Chile, remitida por el Director del hospital de esa institución, a través de la cual se aplica la medida disciplinaria de término de contrato de trabajo al señor nombre reservado, por ajustarse a derecho, no obstante, cumple con hacer presente que conforme a los artículos 156 y 157 de la ley N° 10.336, y a las instrucciones impartidas sobre el particular por el oficio N° 8.600, de 2016, de este origen, los efectos de la mencionada resolución, respecto del aludido funcionario, no podrán producirse desde treinta días antes y hasta sesenta días después del acto eleccionario a realizarse el 23 de octubre del presente, no pudiendo, en virtud de ello, notificársele su total tramitación durante el referido lapso.
Asimismo, corresponde recordar que esa superioridad deberá comunicar a este Órgano Fiscalizador la data de notificación del aludido acto administrativo al afectado, adjuntando la constancia pertinente, a fin de computar el plazo de impedimento de ingreso a la Administración del Estado que establezcan las disposiciones legales vigentes en relación con esa misma circunstancia, como el previsto en el artículo 12, letra e), de la ley N° 18.834, en armonía con el criterio contenido en el dictamen N° 34.290, de 2010, de este origen.
Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República