Se abstiene de emitir pronunciamiento por haberse sometido el asunto al conocimiento de los tribunales de justicia
- Fecha
- 12 de diciembre de 2011
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Ley 10336 art/6 inc/3
- Descriptores
- Abstención, conocimiento asunto por Tribunales de Justicia
- Cita
- Dictamen N° 77.517 de 2011
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 33.426 de 2013
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 77.517 Fecha: 12-XII-2011 Mediante las presentaciones de las referencias, y separadamente, el diputado señor Joaquín Godoy Ibáñez; el consejero regional de Valparaíso nombre reservado, y los señores nombre reservado, nombre reservado y nombre reservado, solicitan un pronunciamiento sobre la legalidad del “Contrato de Concesión y Arrendamiento Proyecto Muelle Barón” suscrito entre la Empresa Portuaria Valparaíso y Plaza Valparaíso S.A., por cuanto estiman, en síntesis, que dicho convenio implicaría el desarrollo de actividades ajenas al objeto legal de las empresas portuarias, contendría un subsidio a la inversión encubierto bajo el aporte al mantenimiento de espacios públicos, así como una opción de compra de inmuebles que no se habría sujetado a previa licitación pública. Se solicita, asimismo, que se disponga una fiscalización para establecer si esta Empresa mantiene actualizado su Plan Maestro en los aspectos que se indican.
Al respecto, cumple señalar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado en relación con el referido contrato, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, según el cual no le corresponde informar ni intervenir los asuntos que estén sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, situación que acontece en la especie, puesto que sobre la materia se ha interpuesto acción de nulidad de derecho público ante el 5° Juzgado Civil de Valparaíso, causa Rol N° 4.986-2011, encontrándose actualmente en tramitación.
Lo anterior es sin perjuicio de que esta Contraloría General, en ejercicio de sus atribuciones, pondere la realización de una auditoría en los aspectos propios de su competencia.
nombre reservado
Contralor General de la República