Control preventivo de resolución que aprueba liquidación de contrato de obras en Lo Espejo
- Fecha
- 26 de noviembre de 2013
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Liquidación de contrato
- Cita
- Dictamen N° 77.285 de 2013
Resumen
La Contraloría se abstiene de dar curso a la resolución por no acompañarse los controles de calidad contemplados en las especificaciones técnicas que permitan verificar el cumplimiento de las exigencias de las obras.
Sumario de la Contraloría
Representa la resolución N° 223, de 2013, del Serviu Metropolitano
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 12.446 de 2014
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 33.531 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 77.285 Fecha: 26-XI-2013 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 223, de 2013, del Serviu Metropolitano, que aprueba la liquidación del contrato “Mejoramiento de Espacios Públicos y Evacuación de Aguas Lluvias Etapa 2, Población Santa Adriana”, comuna de Lo Espejo, por cuanto no se acompañan los controles de calidad contemplados en las especificaciones técnicas respectivas, que permitan verificar que las obras ejecutadas hayan dado cumplimiento a las exigencias establecidas en las referidas especificaciones, los que fueron solicitados oportunamente a ese servicio.
Al efecto, cabe añadir que a través del oficio N° 33.531, de 2012, esta Entidad de Control puso en conocimiento de esa repartición que las resoluciones que se someten al control preventivo de juridicidad se deben acompañar de la totalidad de los antecedentes de respaldo pertinentes y que le sirven de fundamento, lo que no ha acontecido en la especie.
Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación