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Derecho público chileno

DictamenN° 77.234 de 201212 dic 2012

No procede revisar calificación en Carabineros de Chile, atendida la extemporaneidad de la petición

Fecha
12 de diciembre de 2012
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Fuentes legales
dfl 2/68 INTER art/32, ley 11595 art/36
Descriptores
revisión calificación carab, lista de eliminación
Cita
Dictamen N° 77.234 de 2012

Texto íntegro

N° 77.234 Fecha: 12-XII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General, el señor nombre reservado, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad de su proceso calificatorio correspondiente al año 2011, en el cual fue incluido en Lista N° 4, de Eliminación, lo que implicó su alejamiento de ese servicio.

Requerido su informe, la mencionada repartición ha manifestado, en síntesis, que esa evaluación se habría ajustado a derecho.

Sobre el particular, cabe indicar que el artículo 32 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, en relación con el artículo 36 de la ley N° 11.595, previene, en lo pertinente, que los funcionarios de esa institución pueden solicitar la revisión de su evaluación siempre que sean ubicados en Lista N° 4, de Eliminación, e interpongan el recurso que les franquea este último texto legal, ante esta Contraloría General, dentro del plazo fatal de un año, contado desde el retiro, requisito que no se cumple en la especie.

En efecto, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que en el aludido proceso, el señor nombre reservado fue llamado a retiro a contar del 1 de agosto de 2011, por haber sido agregado en la Lista N° 4, de Eliminación, reclamando de tal medida, ante este Órgano de Control, el día 20 de agosto de 2012, esto es, una vez transcurrido el aludido plazo fatal de un año, por lo que se desestima su reclamo.

nombre reservado

Contralor General de la República