Sobre exoneración de responsabilidad civil
- Fecha
- 7 de diciembre de 2012
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- carab, exoneración responsabilidad civil, daño vehículo fiscal
- Cita
- Dictamen N° 76.287 de 2012
Texto íntegro
N° 76.287 Fecha: 07-XII-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-3556, que se encontraba bajo la custodia de su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 7 de marzo de 2011, ese servidor fue avisado que el aludido móvil tenía su parabrisas trizado, sin que al término del referido proceso sumarial, se pudiese determinar como se habría producido ese deterioro.
Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 298, de 2011, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascenderían a la suma de $65.035, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.
Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-3556.
nombre reservado
Contralor General de la República