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Derecho público chileno

DictamenN° 76.209 de 201524 sep 2015

Competencia de la Contraloría y extensión de la exención del artículo 29 de la ley N° 19.418

Fecha
24 de septiembre de 2015
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 19418 art/29
Descriptores
Contraloría General de la República, facultades CGR, competencia
Cita
Dictamen N° 76.209 de 2015

Resumen

Determinar hacer extensiva la exención de derechos del artículo 29 de la ley N° 19.418 a los permisos de edificación de integrantes de comités de vivienda es materia ajena a la competencia de la Contraloría, pues debe regularse por el cuerpo normativo correspondiente.

Sumario de la Contraloría

Determinación de hacer extensiva a las situaciones que se señalan la exención de derechos que se contiene en el artículo 29 de la ley N° 19.418, constituye una materia ajena a la competencia de esta Contraloría General

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 76.209 Fecha: 24-IX-2015 El señor nombre reservado, en representación, según expresa, de la Fundación Vivienda, solicita que se disponga extender, sin distinción alguna, la exención de contribuciones, impuestos y derechos fiscales y municipales a que se refiere el artículo 29 de la ley N° 19.418 -sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias-, a todas las solicitudes de permisos de edificación que formulen integrantes de comités de vivienda.

Sobre el particular, es dable anotar que el citado artículo dispone, en lo que interesa, que las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias estarán exentas de todas las contribuciones, impuestos y derechos fiscales y municipales, con las excepciones que indica.

Luego, que la reiterada jurisprudencia emanada de esta Entidad Fiscalizadora, contenida, entre otros, en sus dictámenes N °s 4.330, de 1998, 60.436, de 2005 y 25.417, de 2012 ha manifestado que los derechos municipales de construcción se encuentran comprendidos en la exención de que se trata, y que esta se encuentra establecida a favor de las organizaciones a que alude ese precepto legal, y no en beneficio personal de sus miembros.

En ese contexto, y frente a la presentación que se atiende, cabe consignar que la conveniencia y determinación de hacer extensiva la exención que se analiza a la totalidad de los permisos de edificación que, en general, sean requeridos por integrantes de comités de vivienda constituye una materia ajena a la competencia de esta Contraloría General, que debe ser regulada a través del correspondiente cuerpo normativo.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante