Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 76.138 de 20143 oct 2014

Cumplimiento por ENAER del dictamen sobre el giro aeronáutico de su sociedad filial

Fecha
3 de octubre de 2014
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
Pol art/19 num/21, ley 18297 art/3
Descriptores
Enaer, sociedad, rubro, labores
Cita
Dictamen N° 76.138 de 2014

Resumen

Se concluye que ENAER aún no da total cumplimiento al dictamen, pues faltan modificaciones a los estatutos sociales de la sociedad filial; los dictámenes son obligatorios y vinculantes, por lo que debe adoptarlas a la brevedad e informar.

Sumario de la Contraloría

Sobre cumplimiento del dictamen N° 14.684, de 2014, de este organismo, que estableció que el objeto de una sociedad en que participa la Empresa Nacional de Aeronáutica de Chile debe relacionarse con aquel que la ley ha definido como propio de esta última.4

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 76.138 Fecha: 03-X-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, en representación de Holdtech S.A., haciendo presente que la Empresa Nacional de Aeronáutica de Chile (ENAER) no habría adoptado las medidas tendientes a cumplir con lo establecido en el dictamen N° 14.684, de 2014, de esta Institución de Fiscalización. Por su parte, ENAER ha informado a esta Entidad de Control sobre ciertas acciones que ha practicado con el propósito de dar cumplimiento al referido pronunciamiento. Cabe recordar que en el citado oficio N° 14.684, de 2014, se concluyó, sobre la base de lo dispuesto en el inciso segundo del N° 21 del artículo 19 de la Constitución Política de la República y en la ley N° 18.297, Orgánica de ENAER, y en armonía con los dictámenes N°s. 7.658 y 26.506, de 2009, que las labores que dicha empresa pública puede desempeñar, a través de su participación en la sociedad Desarrollo de Tecnologías y Sistemas Limitada (DTS), necesariamente deben decir relación con el rubro de la aeronáutica, pues tal es el objeto que la ley le autoriza desarrollar. Concordante con ese criterio, en el mismo pronunciamiento se señaló que DTS estaba ejerciendo actividades que excedían el giro aeronáutico, por lo que era indispensable que ENAER adoptara todas las medidas conducentes para que no continuara desarrollando, por medio de aquella sociedad, labores ajenas a las enunciadas en el artículo 3° de la aludida ley N° 18.297, como también que practicara las investigaciones tendientes a establecer y, en su caso, sancionar las responsabilidades disciplinarias que hubieren podido originarse, de todo lo cual debía informar a esta Contraloría General. Ahora bien, de lo informado en esta oportunidad por la mencionada empresa pública, se aprecia que no obstante haberse desarrollado diligencias tendientes a cumplir con lo instruido en el citado dictamen, cuya ejecución resulta compleja, aún se encontraría pendiente realizar en los estatutos sociales de DTS las modificaciones necesarias para observar cabalmente lo ordenado por esta Institución de Control. Por ello, junto con manifestar que se ha tomado conocimiento de los respectivos informes remitidos por ENAER, corresponde indicar, en concordancia con los oficios N°s. 18.105, de 2010, y 45.060, de 2014, de este origen, que los dictámenes de este Organismo son obligatorios y vinculantes para las entidades que, como esa empresa pública, están sujetas a su fiscalización, de modo que tal repartición tiene que, a la brevedad, continuar con la adopción de medidas conducentes a dar total y estricto cumplimiento a lo dispuesto en el reseñado pronunciamiento N° 14.684, de 2014, debiendo dar cuenta de ello a esta Contraloría General. Transcríbase al interesado, al Ministro de Defensa Nacional, al Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile y a la División de Auditoría Administrativa de esta Institución Fiscalizadora. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República