Sobre exoneración de responsabilidad civil
- Fecha
- 3 de octubre de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- Carab, exoneración responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 76.113 de 2014
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 24.395 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 76.113 Fecha: 03-X-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-5599, conducida por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, es menester recordar que atendiendo una similar solicitud de esa institución, este Organismo de Control, a través de su dictamen N° 24.395, de 2014, no liberó de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por cuanto no existían en el procedimiento administrativo instruido al efecto, elementos probatorios que llevasen a la plena convicción de que aquél adoptó las precauciones necesarias para una adecuada y responsable conducción, a objeto de evitar todo riesgo de accidente.
Precisado lo anterior, se debe indicar que del estudio de los nuevos antecedentes adjuntos, aparece que el día 10 de febrero de 2012, el aludido empleado se desplazaba en el citado móvil por Avenida Campos de Deportes, y al llegar a la intersección con calle Dublé Almeyda, en la comuna de Ñuñoa, colisionó con un vehículo particular, resolviendo el Segundo Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna, en su sentencia de fecha 12 de abril de 2012, condenar al conductor de este último como responsable del accidente de que se trata.
Los daños producidos al patrimonio fiscal, de acuerdo con el certificado N° 250, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $402.815, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, atendido que en la nueva documentación tenida a la vista, aparece que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-5599.
Déjase sin efecto el dictamen N° 24.395, de 2014, de esta Contraloría General.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República