Exoneración de responsabilidad civil por daños en vehículo fiscal de Carabineros
- Fecha
- 2 de octubre de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- exoneración, responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 75.728 de 2014
Resumen
Se exonera de responsabilidad civil al funcionario, pues los daños en el furgón fiscal se produjeron sin su culpa ni negligencia, al impactar un tercero que evadía una fiscalización.
Sumario de la Contraloría
Sobre exoneración de responsabilidad civil
Texto íntegro
N° 75.728 Fecha: 02-X-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-6350, conducido por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe anotar que en la documentación adjunta, aparece que el día 19 de febrero de 2014, ese servidor, acompañado de otro empleado, se desplazaba en el citado furgón por calle Pedro Lira, y al llegar a la intersección con calle nombre reservado, en la comuna de La Florida, intentaron fiscalizar al conductor de una camioneta particular, quien, con la finalidad de evitar ese control, reanudó la marcha, impactando el espejo retrovisor del costado derecho del móvil policial, quebrándolo.
Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 238, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $60.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.
Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-6350.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República