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Derecho público chileno

DictamenN° 75.612 de 201523 sep 2015

Se abstiene de emitir un pronunciamiento en atención a que la consulta alude a la situación laboral de funcionarios que se desempeñan en un establecimiento educacional…

Fecha
23 de septiembre de 2015
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 19880 art/14
Descriptores
Contraloría General de la República, facultades CGR, competencia
Cita
Dictamen N° 75.612 de 2015

Sumario

Se abstiene de emitir un pronunciamiento en atención a que la consulta alude a la situación laboral de funcionarios que se desempeñan en un establecimiento educacional particular

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 75.612 Fecha : 23-IX-2015 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General doña nombre reservado, representante legal de la Sociedad Educacional San Gerónimo S.A., solicitando un pronunciamiento sobre la situación laboral de docentes que se desempeñarían en el establecimiento educacional Nuestra Señora de San Gerónimo, escuela particular subvencionada, ya que no habría obtenido respuesta de la consulta que efectuó en el año 2014, al respecto.

Sobre el particular, cumple con indicar que la referencia N° 198.092, de 2014, a través de la cual se efectuó la aludida consulta, fue remitida a la Dirección del Trabajo, por el oficio N° 43.586, de dicha anualidad, y transcrita a la interesada en el oficio N° 43.587, de 2014.

Lo anterior, en atención a que de acuerdo con lo previsto en las disposiciones pertinentes de la ley N° 10.336, y acorde con el criterio contenido en los dictámenes N°s. 14.063, de 2013, y 78.180, de 2014, entre otros, esta Institución Fiscalizadora carece de competencia para conocer sobre asuntos relativos a las situaciones laborales o previsionales acaecidas en establecimientos educacionales particulares, como ocurre en la especie, por cuanto el personal que en ellos trabaja no reviste la condición de funcionario público, por lo que esta Contraloría General debe abstenerse de emitir un pronunciamiento al respecto.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la ley N° 19.880, se remite la presentación de la peticionaria a la Dirección del Trabajo, por corresponderle resolver a su respecto y dar respuesta directa sobre el particular.

Transcríbase a la interesada Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante