Evaluador debe votar en la Junta Calificadora de méritos de Carabineros de Chile
- Fecha
- 4 de diciembre de 2012
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Votación junta calificadora
- Cita
- Dictamen N° 75.341 de 2012
Relaciones
Este documento se refiere a
- Complementa Dictamen N° 68.462 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 75.341 Fecha: 04-XII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General Carabineros de Chile, para complementar la información relativa al proceso calificatorio del señor nombre reservado, ex funcionario de esa institución policial.
Como cuestión previa, cabe señalar que mediante el dictamen N° 68.462, de 2012, esta Entidad de Control manifestó que en el evento que el acuerdo de la Junta Calificadora de Méritos, se hubiere adoptado sin el voto del calificador del recurrente, ello constituiría un vicio que afectaría la legalidad del respectivo proceso calificatorio, lo que no fue posible establecer a la luz de la documentación acompañada.
Ahora bien, del antecedente que en esta oportunidad se adjunta -copia del acuerdo de ese cuerpo colegiado, de fecha 6 de mayo de 2011-, consta que la decisión de ubicar al señor nombre reservado en la Lista N° 4, de Eliminación, se adoptó por la unanimidad de sus miembros, lo que permite descartar que a su evaluador se le haya impedido votar, no advirtiéndose, por ende, la irregularidad planteada, De esta manera, cabe concluir que la calificación del señor nombre reservado se ajustó a derecho.
Complementase el citado oficio N° 68.462, de 2012.
nombre reservado
Contralor General de la República