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Derecho público chileno

DictamenN° 75.065 de 20123 dic 2012

Corresponde el pago de la asignación profesional desde que el funcionario acredita ante su empleador la posesión del diploma respectivo

Fecha
3 de diciembre de 2012
Materia
Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
DL 479/74 art/3
Descriptores
Pago asignación profesional
Cita
Dictamen N° 75.065 de 2012

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 75.065 Fecha: 3-XII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, funcionario del Hospital Exequiel González Cortés, para consultar desde que fecha le corresponde el pago de la asignación profesional.

Requerido su informe, ese establecimiento señaló, en síntesis, que si bien el peticionario presentó su diploma en el mes de mayo de 2012, dicho estipendio se le comenzó a pagar a contar del 1 de junio de ese año.

Sobre el particular, cabe recordar que de acuerdo a lo prescrito en el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, el estipendio en consulta favorece a los funcionarios de las entidades que indica y que, entre otros requisitos, tengan un título profesional otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de un mínimo de 6 semestres académicos y 3.200 horas de clases.

A su turno, resulta menester destacar, en armonía con lo informado en los dictámenes N os 31.871, de 2007 y 3.370, de 2012, de este origen, que el derecho a percibir la asignación en estudio se devenga desde que se acredita ante el empleador la posesión de un diploma útil para recibir tal estipendio.

De esta manera, atendido que de acuerdo a lo informado, el interesado presentó su título en mayo de 2012, resulta forzoso concluir que desde ese momento le correspondió el pago del beneficio de que se trata, razón por la cual el citado establecimiento deberá determinar la fecha exacta en que aquel hizo entrega de ese antecedente, y disponer, a la brevedad, las medidas tendientes a regularizar su situación.

nombre reservado

Contralor General de la República