Se abstiene de emitir pronunciamiento por falta de personería y representación legal de funcionarios que indica
- Fecha
- 15 de noviembre de 2013
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Ley 10336 art/67, ley 19296 art/7 lt/f
- Descriptores
- Abstención, personería, representación legal
- Cita
- Dictamen N° 74.296 de 2013
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 13.866 de 2017
- Aplica Dictamen N° 28.665 de 2015
- Aplica Dictamen N° 16.516 de 2015
- Aplica Dictamen N° 6.507 de 2015
- Aplica Dictamen N° 71.971 de 2014
- Aplica Dictamen N° 33.611 de 2014
- Aplica Dictamen N° 24.244 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 74.296 Fecha: 15-XI-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, según expresa, en su calidad de Presidente del Directorio de la Federación de Funcionarios del Ministerio de Defensa Nacional, y en representación, según indica, de funcionarios de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, a quienes no individualiza, solicitando la aplicación de las facultades previstas en el artículo 67 de la ley N° 10.336, para que se libere a éstos del reintegro de la totalidad de las deudas que les afectarían en virtud de lo establecido por este Organismo de Control mediante el dictamen N° 54.976, de 2012.
Sobre el particular, cabe señalar, por una parte, que el recurrente no ha acreditado su personería para representar legalmente a la organización gremial que indica y, por otra, que la jurisprudencia administrativa, contenida, entre otros, en el dictamen N° 18.079, de 2007, de este origen, ha sostenido que, de acuerdo con el artículo 7°, letra f), de la ley N° 19.296, esas entidades cuentan con atribuciones para representar a sus asociados -como sucede con las reclamaciones que se efectúen ante este Organismo Contralor-, en el evento que ellos requieran expresamente su intervención, solicitud que se debe acompañar en las presentaciones que las referidas agrupaciones formulen.
Pues bien, considerando que en la consulta planteada no concurre ninguno de los supuestos indicados precedentemente, procede abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado.
nombre reservado
Contralor General de la República