Sobre el cumplimiento de los dictámenes N°s. 6.022 y 45.251, de 2016, de este origen
- Fecha
- 7 de octubre de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- municipalidad, contratos administrativos, multas, garantías
- Cita
- Dictamen N° 74.146 de 2016
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 45.251 de 2016
- Aplica Dictamen N° 6.022 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 74.146 Fecha: 07-X-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, denunciando el incumplimiento, por parte de la Municipalidad de Cerro Navia, de los dictámenes N°s. 6.022 y 45.251, ambos de 2016, a través de los cuales esta sede de control manifestó, por las razones que en los mismos se consignan, que resultaba improcedente la aplicación de multas y el cobro de garantías verificados en el contrato “Mejoramiento Sedes Vecinales 2013”, razón por la cual dicha municipalidad debía adoptar las medidas tendientes a ajustar su actuación a tal criterio.
Sobre el particular, cumple con hacer presente que a través de su oficio N° 3.039, de 2016 -cuya copia se adjunta- dicho municipio ha informado que mediante el decreto alcaldicio N° 1.380, de 2016, procedió a dejar sin efecto los decretos alcaldicios N°s. 1.082, de 2014, y 751, de 2015 -por medio de los cuales hizo efectiva la referida garantía y ordenó la aplicación de la aludida multa-, instruyendo a la Dirección de Administración y Finanzas a restituir a la interesada los dineros percibidos por dichos conceptos.
En tales condiciones, y considerando que lo obrado por esa corporación se ajusta a lo instruido en los precitados pronunciamientos, esta sede de control entiende que la problemática planteada por la recurrente se encuentra superada, de modo que no corresponde acoger la reclamación de la especie.
Transcríbase a la Unidad de Seguimiento de la División de Infraestructura y Regulación de esta Contraloría General.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República