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Derecho público chileno

DictamenN° 72.889 de 201122 nov 2011

Destitución en el Instituto de Neurocirugía por no denunciar hechos de su hija

Fecha
22 de noviembre de 2011
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Descriptores
investigación sumaria, sumario, medida disciplinaria, destitución, responsabilidad administrativa
Cita
Dictamen N° 72.889 de 2011

Resumen

Se abstiene de dar curso a la destitución por no acreditarse que la ex funcionaria conociera la falsificación de certificados ni tuviera participación, al ser contradicha la imputación sin pruebas que la respalden.

Sumario de la Contraloría

Representa resolución 4104/2011, del Instituto de Neurocirugía, que aplica medida disciplinaria de destitución a ex funcionaria al término de investigación sumaria ordenada por resolución exenta 453/2010, elevada a sumario administrativo mediante resolución exenta 886, de ese mismo año, ambas de ese origen

Texto íntegro

N° 72.889 Fecha: 22-XI-2011 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 4.104, de 2011, del Instituto de Neurocirugía, que aplica la medida disciplinaria de destitución a la ex funcionaria doña nombre reservado, al término de la investigación sumaria ordenada por resolución exenta N° 453, de 2010, elevada a sumario administrativo mediante resolución exenta N° 886, de ese mismo año, ambas de ese origen, por cuanto no se ajusta a derecho. Sobre el particular es dable señalar que a la mencionada ex servidora se le imputa responsabilidad administrativa porque no denunció los hechos en que se encontraría involucrada su hija, quien habría presentado a una entidad financiera certificados falsos que acreditarían su condición de funcionaria del Instituto de Neurocirugía. Pues bien, del análisis del expediente respectivo no aparece, por una parte, que la señora nombre reservado haya tenido conocimiento de la falsificación de los referidos documentos y del uso que de ellos habría pretendido efectuar su hija, cuestión que, además, es negada por la acusada en su declaración que rola a fojas 11 y 12 de autos y, por otra, no consta que le haya correspondido participación alguna en la situación investigada, de manera que la aludida imputación, al ser contradicha por ella y no existir pruebas que la respalden, no se logra acreditar y, por lo mismo, resulta insuficiente para sancionarla administrativamente. En estas condiciones, se devuelve la resolución en estudio y sus antecedentes, a fin de que se proceda a disponer el sobreseimiento de la aludida ex funcionaria.

nombre reservado

Contralor General de la República