Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 72.784 de 201221 nov 2012

Sobre reclamo contra la Superintendencia de Valores y Seguros, relativo a la fiscalización de un contrato de seguro automotriz con la compañía que indica

Fecha
21 de noviembre de 2012
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dl 3538/80 art/25, pol art/98 inc/1, ley 10336 art/6 inc/3
Descriptores
abstención asunto litigioso
Cita
Dictamen N° 72.784 de 2012

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 72.784 Fecha: 21-XI-2012 Se ha dirigido a esta Entidad Fiscalizadora don nombre reservado manifestando que la Superintendencia de Valores y Seguros, no habría fiscalizado correctamente el cumplimiento del contrato de seguro automotriz entre el recurrente y la aseguradora Renta Nacional Compañía de Seguros S.A.

Sobre el particular, cabe precisar que de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 25 del decreto ley N° 3.538, de 1980, que crea la Superintendencia de Valores y Seguros, ese organismo se encuentra sometido a la fiscalización de esta Entidad Contralora en lo que concierne al examen de las cuentas de sus entradas y gastos, sin perjuicio del control amplio de legalidad que le encomienda el artículo 98, inciso primero, de la Constitución Política de la República (aplica dictámenes N°s. 28.131, de 2009 y 3.662, de 2012, de este origen).

Al tenor de la presentación del recurrente, así como de los antecedentes acompañados a la misma, aparece que ella se refiere al alcance e interpretación que dicha compañía de seguros ha dado al contrato que la unía con el interesado, asunto que por su naturaleza es de carácter litigioso, por lo que, de acuerdo al artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, que establece su organización y funciones, este Organismo Contralor debe abstenerse de intervenir en él, sin perjuicio de señalar que la citada Superintendencia, en las respuestas otorgadas al recurrente, ha actuado dentro de la esfera de sus atribuciones.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante