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Derecho público chileno

DictamenN° 72.747 de 201510 sep 2015

Se abstiene de emitir pronunciamiento por carecer de competencia sobre la materia consultada

Fecha
10 de septiembre de 2015
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 18575 art/1, ley 19880 art/14 inc/2
Descriptores
Contraloría General de la República, facultades CGR, abstenciones
Cita
Dictamen N° 72.747 de 2015

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 72.747 Fecha: 10-IX-2015 La Contraloría Regional de Valparaíso ha remitido una presentación de don nombre reservado, Presidente de la Asociación N° 1 de Funcionarios de Parlamentarios Cámara de Diputados de Chile, en que consulta respecto de la calidad jurídico laboral que le asiste a los trabajadores que prestan servicios de apoyo a los diputados y que se rigen por las disposiciones del Código del Trabajo. Sobre el particular, corresponde indicar que conforme con lo dispuesto en el Capítulo X de la Constitución Política de la República, en la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, y en el decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, las funciones de esta Entidad Fiscalizadora son ejercidas fundamentalmente sobre los órganos de la Administración del Estado cuya definición está contenida en el artículo 1° de la ley N° 18.575, sin perjuicio del control excepcional que realiza sobre otros organismos en razón de normas especiales expresas. Pues bien, en el entendido que las autoridades y personal del Congreso Nacional no se encuentran sujetos al control de este Ente Contralor, no resulta procedente intervenir ni informar sobre el asunto que se consulta, ya que sus facultades fiscalizadoras no alcanzan al régimen laboral de los trabajadores de que se trata (aplica criterio contenido, entre otros, en los dictámenes N°s. 57.610, de 2007, 36.745, de 2008 y 64.687, de 2014). No obstante lo anterior, y atendido lo previsto en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, se ha estimado pertinente remitir los antecedentes al Subsecretario Administrativo de la Cámara de Diputados, para los fines pertinentes. Transcríbase a don nombre reservado y a la Contraloría Regional de Valparaíso. Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante