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Derecho público chileno

DictamenN° 72.495 de 201121 nov 2011

Información relativa al proceso de reconocimiento de la calidad de exonerado político, establecido en la ley 19234, debe requerirse al Ministerio del Interior y…

Fecha
21 de noviembre de 2011
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Fuentes legales
ley 19234 art/10, ley 19880 art/14
Descriptores
principio de inexcusabilidad
Cita
Dictamen N° 72.495 de 2011

Sumario

Información relativa al proceso de reconocimiento de la calidad de exonerado político, establecido en la ley 19234, debe requerirse al Ministerio del Interior y Seguridad Pública

Texto íntegro

N° 72.495 Fecha:21-XI-2011 La Contraloría Regional del Biobío ha remitido una presentación que ante ella efectuara don nombre reservado, en que solicita un listado de las personas exoneradas por motivos políticos, a quienes el Senador señor Alejandro Navarro Brain otorgó certificados para avalar tal condición, en los términos previstos en la ley N° 19.234. Sobre el particular, cabe señalar, que el artículo 10 de la mencionada ley señala, en lo pertinente, que la calificación del carácter político de una exoneración será hecha en forma privativa por el Presidente de la República, a través del Ministerio del Interior. Siendo ello así, la entidad encargada de recabar la información requerida por el señor nombre reservado es la mencionada Cartera de Estado, a través de su Oficina de Exonerados Políticos, por lo que este Órgano de Control, en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, cumple con remitir a dicha repartición los antecedentes del caso, a fin que dé respuesta directa a la inquietud del interesado. nombre reservado

Contralor General de la República