Se abstiene de emitir pronunciamiento sobre régimen estatutario de funcionario del poder judicial, por no ser de competencia de esta Entidad de Control
- Fecha
- 7 de noviembre de 2013
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Abstención, funcionario, poder judicial
- Cita
- Dictamen N° 72.286 de 2013
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 101.967 de 2014
- Aplica Dictamen N° 28.881 de 2014
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 620 de 2013
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 72.286 Fecha: 07-XI-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, quien reclama en contra de la decisión adoptada por la Corporación Administrativa del Poder Judicial, en cuanto le niega el pago del feriado correspondiente a los años 2012 y 2013, al haber cesado en su cargo de Juez de Garantía de Copiapó con fecha 10 de septiembre del año en curso.
Sobre el particular, atendido que lo solicitado por el recurrente incide en el régimen estatutario, de remuneraciones y beneficios de los empleados del Poder Judicial, materia cuyo conocimiento y resolución es de competencia exclusiva de la Excelentísima Corte Suprema, esta Entidad de Control se abstiene de emitir el pronunciamiento requerido, en armonía con el criterio contenido en el dictamen N° 620, de 2013, de este origen, remitiendo los antecedentes del caso a ese alto Tribunal de Justicia para los fines que procedan.
nombre reservado
Contralor General de la República