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Derecho público chileno

DictamenN° 72.162 de 201219 nov 2012

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Fecha
19 de noviembre de 2012
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
responsabilidad civil, exoneración, vehículo fiscal, Carab
Cita
Dictamen N° 72.162 de 2012

Texto íntegro

N° 72.162 Fecha : 19-XI-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados a la camioneta fiscal Z-4923, conducida por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe anotar que de los antecedentes acompañados, aparece que con fecha 4 de junio de 2011, ese empleado se desplazaba en el referido móvil por Avenida Santelices, y próximo a la intersección con calle nombre reservado, en la comuna de Isla de Maipo, fue colisionado por un vehículo particular que circulaba por la mencionada avenida, en sentido contrario, y cuyo chofer, además, lo hacía bajo los efectos del alcohol, lo que el Departamento de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 88, de 2011, estableció como causa del accidente, efectuándose la denuncia ante la Fiscalía Local de Talagante.

Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 195, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $310.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en la camioneta fiscal Z-4923; ello es, por cierto, sin perjuicio, de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle al servidor en el hecho descrito.

nombre reservado

Contralor General de la República