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Derecho público chileno

DictamenN° 72.019 de 201219 nov 2012

Se abstiene de emitir pronunciamiento por no existir denegatoria ni dilación por parte de la autoridad

Fecha
19 de noviembre de 2012
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Descriptores
abstención, dilación, denegatoria
Cita
Dictamen N° 72.019 de 2012

Texto íntegro

N° 72.019 Fecha:19-XI-2012 Se ha dirigido a esta Entidad de Control don nombre reservado, en nombre de "Farmacéutica Medcell Limitada" para solicitar que se emita un pronunciamiento sobre la procedencia legal de que la Secretaría Regional Ministerial de Salud exija la acreditación previa, como auxiliar de farmacia, al personal que dicha empresa pretende contratar con el propósito de efectuar al interior de los establecimientos farmacéuticos acciones de promoción e información al público de los suplementos alimenticios que comercializa.

De la presentación y el documento que se adjunta, no consta que alguna secretaría regional ministerial de salud haya formulado a la sociedad recurrente la mencionada exigencia de habilitación.

Al respecto, cumple señalar que este Organismo Fiscalizador sólo emite informes a petición de los Jefes Superiores de Servicio y, excepcionalmente, a solicitud de funcionarios o de particulares, cuando se les ha denegado algún derecho que pretendan tener o se hubiere omitido o dilatado alguna resolución por parte de la autoridad administrativa, habiéndola requerido el interesado, circunstancias que no concurren en la especie, motivo por el cual se abstiene, por ahora, de emitir el pronunciamiento que se recaba. nombre reservado

Contralor General de la República