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Derecho público chileno

DictamenN° 71.913 de 201030 nov 2010

Notificación previa de medidas disciplinarias y derecho a defensa en sumario administrativo

Fecha
30 de noviembre de 2010
Materia
Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria
Fuentes legales
ley 18834 art/140, ley 18834 art/141, dfl 29/2004 hacie
Descriptores
sumario medida disciplinaria uchile
Cita
Dictamen N° 71.913 de 2010

Resumen

Se cursa la resolución que aplica censura, pues aunque no se notificó la medida antes del acto terminal, la notificación personal posterior permitió impugnarla y resguardó el derecho a defensa.

Sumario de la Contraloría

Cursa con alcance resolución 997/2010, de la Universidad de Chile, que aprueba sumario administrativo y aplica medida disciplinaria

Texto íntegro

N° 71.913 Fecha: 30-XI-2010 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 997, de la Universidad de Chile, que aprueba el sumario administrativo ordenado instruir mediante la resolución exenta N° 1.287, de 2009, de la citada Universidad, y aplica la medida disciplinaria de censura a doña nombre reservado, por encontrarse ajustado a derecho.

Sin embargo, cumple con hacer presente, a objeto de que se tenga presente en el futuro, que de acuerdo con los artículos 140 y 141 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, las medidas disciplinarias que se apliquen a los servidores afectos a ese cuerpo legal, deben serles notificadas en forma previa a la emisión del acto que pone término al proceso, para que puedan oponer los recursos que aquél ordenamiento establece, orden formal al que no se dio cumplimiento en la especie, no obstante lo cual, se ha entendido que tal omisión no afecta la legalidad del procedimiento substanciado, por cuanto, según se advierte del expediente sumarial adjunto, la decisión de la autoridad sancionadora contenida en la resolución que se tramita, fue notificada personalmente a la señora nombre reservado el 15 de septiembre de 2010, quien tuvo la oportunidad de deducir los aludidos medios de impugnación, respetándose, por ende, su derecho a defensa.

Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo señalado.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante